En libertad vigilada intensiva cumplirá su pena el director del Departamento de Salud Municipal de Angol, Fuastino Parra Aravena, tras acreditarse su responsabilidad en dos delitos de abuso sexual contra una funcionaria de la repartición. La justicia, por otro lado, rechazó una demanda civil de la víctima.
Se trata de dos hechos que constituyen las agresiones sexuales en perjuicio de una dependiente de dicha oficina municipal angolina, los que ocurrieron en marzo del 2019 y febrero del 2021, en una oficina y una bodega.
La sentencia, pronunciada tras el juicio oral en contra de Parra, concluye que con la rendición de pruebas de la Fiscalía y querellantes, se acredita que “la unión lógica y sistemática de los hechos consignados precedentemente permiten calificarlos jurídicamente como constitutivos de los delitos de abuso sexual propio del artículo 66 en relación con el artículo 61 N°2 del Código Penal, en grado de desarrollo tentado (hecho N°1) y un delito de abuso sexual propio del artículo 66 en relación con el artículo 61 N°1 del Código Penal, en grado de desarrollo de consumado”.
A raíz de esto, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol sentenció a Parra Aravena a dos penas: una de trescientos días de presidio menor en su grado mínimo y otra de cuatro años de presidio menor en su grado máximo.
Eso sí, se resolvió que las cumpla bajo libertad vigilada intensiva, al considerar que cumple con los requisitos para ello, como por ejemplo la irreprochable conducta anterior. Además, se dictó la prohibición de acercarse a la víctima.
No fue lo único resuelto por la justicia, ya que también se rechazó una demanda civil presentada por la representación legal de la afectada, con la que se buscaba una indemnización de $50 millones, por concepto de daño moral.
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