El Servicio Electoral informó que se aceptarán las cédulas de identidad o pasaportes que estén vencidos a partir del 1 de enero de 2020, es decir, los documentos que estén con fecha de vencimiento al 31 de diciembre del 2019 no servirán para sufragar.
En caso de extravío del documento identificatorio, la persona deberá dejar constancia de la pérdida en Carabineros o a través del sitio web del Registro Civil e Identificación.
No son válidos para votar los certificados de cédula de identidad en trámite, licencia de conducir, pase escolar u otro.
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